miércoles, 31 de marzo de 2010

Dante Gullo propone crear el Ministerio de Cultura








El diputado nacional Juan Carlos Dante Gullo presentó hoy un Proyecto de Ley para elevar la Secretaría de Cultura al rango de Ministerio de Cultura.

El Proyecto propone la creación del “Ministerio de Cultura como el Ministerio del Bicentenario, expresivo del compromiso del Estado argentino de priorizar las políticas culturales en el más amplio sentido del concepto, como política de Estado y con proyección al futuro”.

Además, expresa que para conmemorar los primeros 200 años de nuestra Nación “es muy significativo otorgarle a la cultura el rango ministerial, con todo lo que ello significa para todo pueblo o nación del mundo que se precie”.

La norma, acompañada por los diputados Remo Carlotto, Omar Plaini, Rosa Chiquichano y Antonio Morante, dispone la competencia del Ministerio de Cultura de la Nación para asistir “al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional en materia de cultura”.


A continuación, el texto completo del Proyecto de Ley:


PROYECTO DE LEY

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación

CREACION DEL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION (MINISTERIO DEL BICENTENARIO)

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 1º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, por el siguiente:

“ARTICULO 1º.- El Jefe de Gabinete de Ministros y TRECE (13) Ministros Secretarios tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministerios serán los siguientes:

· Del Interior.-

· De Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.-

· De Defensa.-

· De Economía y Finanzas Públicas.-

· De Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.-

· De Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.-

· De Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-

· De Desarrollo Social.-

· De Salud.-

· De Educación.-

· De Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-

· De Producción.-

· De Cultura.-

Art. 2° — Incorpórase como Artículo 24 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios, el siguiente:

“ARTICULO 24.- Compete al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional en materia de cultura, y en particular:

1. Entender en la formulación y ejecución de las políticas de la jurisdicción, destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas.

2. Elaborar y promover políticas de participación institucional en la defensa de la identidad cultural nacional.

3. Implementar las políticas de difusión en el país y hacia el exterior de los hechos culturales.

4. Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura.

5. Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil.

6. Ejercer la conducción de los organismos que le dependen y supervisar el accionar de los entes descentralizados que actúan en el área.

7. Dirigir las políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

8. Promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país y hacia el exterior.

9. Promover políticas de incentivo y desarrollo de las culturas nacionales.

10. Promover la producción e intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial y de los servicios vinculados.”

11. Promover propuestas y ejecutar políticas públicas destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas, y a su fortalecimiento en el marco de la más alta libertad de expresión, con el fin de preservar y consolidar la identidad de la Argentina como Nación.

12. Coordinar las acciones de los diversos organismos de su dependencia creados para la difusión, docencia, experimentación e investigación en materia de arte, pensamiento y cultura, así como los dedicados a acrecentar, resguardar y conservar el patrimonio artístico y cultural de la Nación, tanto en lo material como en los valores intangibles que configuran el acervo común de la memoria popular.

13. Promover la federalización de la gestión cultural, armonizando acciones con los organismos provinciales de cultura.

14. Fomentar la cultura nacional a través de actividades que la promuevan dentro del país como en el exterior.

15. Generar las industrias culturales que sean necesarias tendientes a desarrollar la creación de puestos de trabajo en el sector.

16. Promover industrias de conservación, resguardo y acrecentamiento del patrimonio cultural de la Nación

17. Fomentar la percepción colectiva de la identidad y el ser nacional incentivando industrias culturales enmarcadas en la promoción y fortalecimiento de la unidad nacional.

18. Incentivar la generación de industrias culturales que promuevan las tradiciones nacionales protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y difusión.

19. Impulsar la presencia cultural argentina mediante los diversos medios electrónicos actuales que permitan dar a conocer la cultura e imagen argentina en el mundo.

20. Favorecer la difusión de la actividad cultural nacional mediante la promoción de la misma en ámbitos eficaces a este fin.

21. Entender en la difusión de los objetivos de gestión del PODER EJECUTIVO NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

22. Asistir al Poder Ejecutivo de la Nación en las tareas relacionadas con la información pública y privada del Jefe o jefa de Estado en el área cultural.

23. Asistir al Poder Ejecutivo de la Nación en la tarea de brindar la información pertinente referida a las diversas actividades desarrolladas en su gestión de Gobierno en materia cultural.

24. Mantener, a través de una oficina de prensa del área, una relación directa y permanente con el periodismo nacional o extranjero en relación con los temas de su incumbencia.

25. Atender las relaciones vinculadas con el periodismo en el exterior cuando viaja el jefe de Estado, o cuando se disponga contactos personales con los gobiernos de otros países en materia cultural.

26. Entender, a través de la repartición aludida en el punto 24 precedente, en la elaboración de la Síntesis de Prensa para el Jefe o Jefa de Estado, en relación con la tarea desarrollada por el Ministerio.

Art. 3.- De Forma.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Según Gabriel García Márquez, "Cultura, es el aprovechamiento social del conocimiento", y sabido es que se trata ni más ni menos que de la capacidad humana distinta para adaptarse a las circunstancias y transmitir un conjunto de instrumentos, conocimientos y, por que no, de modos de vida desarrollados por una sociedad o grupo humano aprendidos e internalizados, a las generaciones siguientes.-

El ámbito cultural como género incluye los valores, las ideas, actitudes y los símbolos que todo pueblo del mundo como tal posee o detenta y es lo que asegura a través del tiempo inmemorial que ese pueblo adquiera elementos distintivos y característicos de esos grupos humanos de los cuales se compone.-

La cultura es conocimiento y comportamiento a la vez, creando un mix de cuestiones espirituales implícitas y materiales cuando se explicitan, y que pueden transmitirse de diferentes maneras ya sea mediante esos símbolos ya mencionados o esencialmente a través de las ideas y los valores que subyacen a las mismas.-

Teniendo en cuenta pues que la cultura es ni más ni menos que un conglomerado de esquemas de la mente humana y de su alma sumada a la conducta social en su conjunto, ésta obligadamente deberá propender a una mayor satisfacción para todos los integrantes de una sociedad, y nosotros como integrantes indiscutidos de la misma somos los signados, desde el lugar en que esa sociedad nos sitúo, a enriquecerla y a generar los medios para que ello ocurra.-

José Martí, poeta y prócer cubano, dijo “Si queremos un Pueblo Libre, hagamos un Pueblo Culto”, asociando magistralmente de este modo los paradigmas de libertad y cultura como un todo inescindible que interactúa.

Hoy casi todos los países del mundo poseen, en la órbita de sus administraciones, un Ministerio de Cultura, con lo cual creemos que resulta indispensable e impostergable que nuestro país siga ese camino que otros han adoptado en el ámbito de la Cultura. A modo de ejemplo podemos decir que Países de Europa como Austria, Bulgaria, Croacia, España, Grecia, Noruega y Portugal, poseen Ministerio de Cultura.-

Y en Latinoamérica: Brasil, Bolivia, Ecuador, Perú, entre otros.-

Por otra parte, la cultura nacional, reivindicada por pensadores como Arturo Jauretche, Raúl Scalabrini Ortiz y Juan José Hernández Arregui, entre otros, requiere en tiempos de globalización, un esfuerzo especial del Estado a fin de mantener y difundir costumbres, tradiciones y expresiones que hacen a la esencia y a la historia de la comunidad argentina, desde sus orígenes hasta la actualidad.

Por ello y teniendo en cuenta que en el presente año 2010 nuestra Nación cumple sus primeros 200 años de vida, es que no debemos dejar pasar la oportunidad de conmemorarlo, dándole el lugar que necesita un área tan significativa para todo pueblo o nación del mundo que se precie, como lo es el de la Cultura, otorgándole rango ministerial con todo lo que ello significa.-

Tales circunstancias nos llevan a concluir que podríamos entender a este Ministerio de Cultura como el Ministerio del Bicentenario, expresivo del compromiso del Estado Argentino de priorizar las políticas culturales en el más amplio sentido del concepto, como política de Estado y con proyección al futuro.

Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la sanción del presente Proyecto.

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