El Diputado Nacional denunció que “intentan privar de
sentido a las comunas con una estructura paralela que es antijurídica y
antidemocrática” y presentó un Proyecto de Resolución para que el gobierno de
Macri informe sobre las Unidades de Atención Ciudadana creadas por decreto.
El diputado nacional Juan Carlos Dante Gullo explicó que el decreto firmado por Macri “priva a las comunas de discutir y
proponer el presupuesto y la planificación de las Obras Públicas” y que “estas
Unidades de Atención Ciudadana (UAC) vulneran clara y flagrantemente la
voluntad popular de todos los vecinos de
la Ciudad de Buenos Aires que
hace 2 meses se manifestaron en las urnas, dándole vida, forma y contenido a las
Comunas creadas por la Ley”.
En el mismo sentido, Gullo indicó que “el ingeniero Macri
pretende dejar sin funciones a las nuevas comunas, en sentido contrario a lo
que propone la Ley, que es la descentralización de la administración porteña”.
Y subrayó que “Una
vez más, el gobierno de la Ciudad vulnera la Constitución y se burla de la
ciudadanía, exhibiendo un afán exorbitante de concentración y centralización de
funciones en materia de obras públicas, negándole
a la ciudadanía porteña que participe en la construcción de las decisiones
colectivas vinculadas con el presupuesto y la planificación de la
infraestructura comunal”.
A continuación, el texto
completo del Proyecto presentado en el Congreso de la Nación:
PROYECTO DE RESOLUCION
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION,
RESUELVE:
A) Dirigirse al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que
a través de los organismos y/o autoridades que correspondan, se sirva informar
a este Honorable Cuerpo sobre la reciente creación de las Unidades de Atención
Ciudadana respondiendo a las siguientes cuestiones, a saber:
1.- En qué criterios fundamenta la decisión de crear - vía decreto - las Unidades de Atención
Ciudadana (UAC)?
2.- Cuáles son los verdaderos fines que persigue el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires con la creación de la Unidades de Atención Ciudadana,
siendo que el 10 de diciembre del corriente año entran en funcionamiento las
Juntas Comunales, y que las autoridades de estas últimas fueron elegidas en
forma directa a través del voto popular por los vecinos de la Ciudad ?
3.- Si tuvo en cuenta las disposiciones de la ya existente Ley, 1777-
“Ley Orgánica de Comunas”- sancionada el 1° de septiembre de 2009 y la Ley 3233
que reglamenta el Titulo Sexto de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, también
llamada “Ley de Comunas”, a la hora de crear las referidas Unidades de Atención
Ciudadana?
4.- Que funciones especificas desempeñarán las Unidades de Atención
Ciudadana y cual sería su relación formal y/o Jurídica con las Juntas Comunales?
5.- Si tuvo en cuenta que con la creación de estas Unidades de Atención Ciudadana se
estarán superponiendo funciones ya previstas para las Juntas Comunales?
6.- Qué porcentaje del presupuesto de la Cuidad se dispondrá para el
desarrollo de sus actividades?
7.- Como se distribuirán físicamente las 18 Unidades creadas por el
decreto 376 del 8 de julio de 2011, y como prevé distinguirlas de las Juntas
Comunales?
8.- Qué criterio se utilizó para crear tres nuevas divisiones
territoriales, ya
que se dispone que sean 18 las Unidades de Atención Ciudadana, siendo que
la Ley 1177 prevé 15 Comunas?
9.- Cuál será su funcionamiento interno y a cargo de que áreas del
Gobierno local quedará sujeto?
10.- Qué servicios se pretende dar a la comunidad a través de su
funcionamiento que no sea los que ya se hallan legalmente a cargo de las Juntas
Comunales?
B) Exhortar al Jefe de Gobierno de la CABA, ingeniero Mauricio Macri, a
fin de que se abstenga de emitir o producir actos que signifiquen intromisión o
menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las Comunas o lesionen
su participación en las competencias concurrentes, dejando a salvo la
Institucionalidad que la Ley de Comunas nos proporciona, en función del sistema
de democracia participativa como unidad para la descentralización territorial
previsto por la Constitución de la CABA y las leyes vigentes.-
FUNDAMENTOS.-
Sr. PRESIDENTE
El jefe de Gobierno porteño, Ingeniero Mauricio Macri una vez más nos
obliga a salir en defensa de las Instituciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, cuyo pueblo me ungió en mi banca como Diputado Nacional, y lo hacemos
debido a su forma de proceder antidemocrática y antijurídica, la que queda al
desnudo cuando a través de un decreto pretende crear una estructura paralela a
la de las Comunas y privar a las mismas, entre otras cuestiones, de discutir y
proponer el presupuesto y la planificación de las Obras Publicas de la misma.
En esta oportunidad,
elevamos este pedido de informes para solicitar al Gobierno porteño que se
sirva informar a este Honorable Cuerpo Legislativo en forma fehaciente, sobre
la puesta en funcionamiento - vía decreto - de estas Unidades
administrativas de Atención Ciudadana (UAC) que vulneran clara y flagrantemente
la voluntad popular de todos los vecinos que vivimos en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, dado que los mismos se
manifestaron hace tan sólo 2 meses en las urnas, dándole vida, forma y
contenido a través de su voto a las Comunas creadas por la Ley.-
Es así como el 31 de julio del corriente año fueron electas las
autoridades de las Juntas Comunales que deberán asumir el 10 de diciembre. De
este modo se ha avanzado decididamente sobre la descentralización y
desconcentración de funciones del Gobierno de la Ciudad promoviendo la
participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones y en el control de
los asuntos públicos (conf. art. 3 inc. a y b y art 4 Ley 1777).
Sin embargo esta feliz transición a esquemas más participativos, se ve
gravemente alterada con el dictado del Decreto 376/2011. El mismo, so pretexto
del uso de sus atribuciones de reglamentación de su estructura organizativa,
ignora la manda del inc 15 del art 104 de la Constitución de la Ciudad que
establece que el Jefe de Gobierno “coordina las distintas áreas del Gobierno
Central con las Comunas” y echa por tierra el claro mandato legislativo de la
ley 3233 en su art. 4 inc. d y e creando dieciocho Unidades de Atención
Ciudadana (UAC) en el ámbito de la Subsecretaría de Atención Ciudadana con asiento
en los barrios que detalla el anexo III.
Surge
en forma manifiesta del decreto de creación de la Unidades de Atención
Ciudadana, que el Ingeniero Macri pretende dejar sin funciones a las nuevas
Comunas, yendo en sentido contrario a lo que la Ley de Comunas ambiciosamente
propone, que es
esa descentralización en la administración porteña, y creando con ese decreto
una estructura en la órbita de la Jefatura de Gabinete que vacía a dichas
Comunas de funcionamiento y sentido, violentando al mismo tiempo esa división
de poderes y competencias que aún no se ha puesto en marcha, a lo que debemos
sumar un dispendio de recursos a futuro, tan innecesario como inútil.
Así entonces, podemos afirmar que la creación por decreto de las
Unidades de Atención Ciudadana, pone de manifiesto la ambición desmedida del
Poder Ejecutivo comunal en lo que respecta al manejo de fondos presupuestarios
para obras Públicas en el ámbito de la Ciudad y a su vez echa por tierra todo
el esfuerzo y esmero que pusieron todos aquellos que lucharon fervientemente
para la creación de la Juntas Comunales, atando de pies y manos a las noveles
comunas, intentando privarlas de sentido.
En definitiva, la creación de estas “18 UAC paralelas”, violenta la
coherencia en la delimitación de las Comunas que establece el art 52 de la Ley
1777, según el cual “todas las divisiones territoriales de la ciudad,
cualquiera sea su propósito, deben ajustarse a la delimitación establecida por
esta ley para las Comunas”.
Una vez más, el GCABA ignora y vulnera la Constitución de la Ciudad,
violando el principio de legalidad mediante la vulneración de su orden
normativo, y se burla de la ciudadanía, exhibiendo un afán exorbitante de
concentración y centralización de funciones en materia de obras públicas de la
CABA, que le permitan continuar con sus emprendimientos negociables, negándole
a la ciudadanía porteña que, a través de sus Comunas, participe efectivamente
en la construcción de las decisiones colectivas vinculadas con el presupuesto y
planificación de las tareas necesarias para el mejoramiento de la infraestructura
comunal.
Por las razones expuestas es que solicito a mis pares me acompañen en la
aprobación del presente proyecto.-
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